Madrid, 31 de julio de 2026.– El Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España valora muy positivamente la publicación del Real Decreto 643/2026, de 29 de julio, por el que se modifican el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, y el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

La nueva norma incorpora varias de las principales reivindicaciones planteadas por el Consejo General durante los últimos años ante el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social, suponiendo un avance significativo para el ejercicio profesional de los Graduados Sociales y para la gestión diaria de empresas y despachos.
Recuperación del plazo de seis días para comunicar bajas y variaciones
La medida de mayor relevancia es la recuperación, a partir del 1 de agosto de 2026, del plazo de seis días naturales para comunicar las bajas y las variaciones de datos en la Seguridad Social.
Se trata de una reivindicación histórica del colectivo, cuyo cumplimiento fue anunciado públicamente por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones durante la entrega de los Premios al Mérito Social celebrada el pasado mes de diciembre en el Senado.
Esta modificación permitirá una mejor organización del trabajo en los despachos profesionales, favorecerá la conciliación de la vida personal y laboral y dotará de mayor seguridad a la gestión administrativa.

Importantes mejoras en materia de recaudación
El Real Decreto incorpora además diversas propuestas formuladas por el Consejo General para simplificar y modernizar la gestión recaudatoria de la Seguridad Social.
Entre las principales novedades destacan:
- La reducción del límite de deuda exigido para determinados procedimientos, pasando del doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a la cuantía equivalente a un único SMI.
- La posibilidad de que los aplazamientos que no requieren garantía puedan tramitarse de forma automatizada, siguiendo un modelo similar al ya existente en la Agencia Tributaria.
- La eliminación del requisito relativo a la cuantía mínima de la deuda para estos aplazamientos automatizados, de manera que, cuando no sea necesaria garantía ni concurran circunstancias especiales, la concesión pueda realizarse con independencia del importe adeudado.
Asimismo, el Real Decreto adapta al texto reglamentario los límites económicos para la exigencia de garantías en los aplazamientos, incorporando una práctica que la Tesorería General de la Seguridad Social ya venía aplicando desde la Instrucción de 6 de abril de 2020.

Comunicación del Código Nacional de Ocupación (CNO)
La norma incorpora igualmente una Disposición Adicional Única que establece la obligación de que los empresarios comuniquen, en el plazo de seis meses, el Código Nacional de Ocupación (CNO) de aquellos trabajadores que todavía no lo tengan consignado.
Aunque la obligación corresponde legalmente a las empresas, es previsible que esta gestión sea encomendada, en la mayoría de los casos, a los Graduados Sociales dentro de las funciones que habitualmente desarrollan para sus clientes, luego cada Graduado Social evaluará si repercute ese coste a sus clientes.
No obstante, el Consejo General recuerda que durante la tramitación del Real Decreto presentó alegaciones solicitando la supresión o modificación de esta obligación, proponiendo diversas alternativas para obtener esta información sin generar una nueva carga administrativa. Dichas propuestas finalmente no fueron aceptadas por la Administración.
En el día de hoy se colgará en la web de la Seguridad Social el BNR 10/2026 de 30 de julio que establece el procedimiento que se deberá seguir para la consignación de los CNO.

Próxima reunión con la Tesorería General de la Seguridad Social
El Consejo General mantendrá a principios del mes de septiembre una reunión con la Tesorería General de la Seguridad Social para analizar la implantación de esta nueva obligación y buscar mecanismos que permitan realizar la comunicación de los CNO de forma automatizada y con la máxima sencillez para empresas y profesionales.
Mientras tanto, y a la espera del resultado de estas conversaciones, el Consejo General recomienda no proceder todavía a la consignación masiva de los CNO.
Paralelamente, la Comisión de Seguridad Social del Consejo General ya trabaja en propuestas técnicas que faciliten la implantación de este procedimiento.

Un logro colectivo que impulsa nuevas mejoras
La aprobación de este Real Decreto constituye un importante reconocimiento al trabajo institucional desarrollado por el Consejo General en defensa de la profesión y demuestra que el diálogo permanente con las Administraciones Públicas permite alcanzar mejoras reales para los Graduados Sociales y para el conjunto del sistema.
Lejos de dar por concluida esta labor, el Consejo General continuará impulsando nuevas iniciativas que simplifiquen la gestión administrativa, fortalezcan el papel de los Graduados Sociales como colaboradores esenciales de la Administración y contribuyan a ofrecer un servicio cada vez más eficiente a empresas, trabajadores y ciudadanía.