• Preguntas Frecuentes

      ¿Supone el 1 de enero 2016 la fecha de implantación efectiva de la tramitación electrónica de procedimientos judiciales?

      No exactamente, se trata de un primer paso necesario que supone que los profesionales empleen los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación, respecto de los procedimientos que se inicien a partir del 1 de enero de 2016, en los términos de la ley procesal y de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

       

      A partir del 7 de julio de 2016, conforme señala la ley 18/2011 todas las Administraciones con competencias en Justicia deberán proveer de los medios para que la gestión procesal sea totalmente electrónica. Mientras esto no se produzca, la tramitación podrá seguir como hasta la fecha.

CONSEJO  GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE GRADUADOS SOCIALES DE ESPAÑA - AÑO 2016